Aunque cada vez menos aún hay compañÃas aéreas que se dedican sistemáticamente a obviar los derechos de los pasajeros. Con la popularización de las lÃneas de bajo coste y el aumento del tráfico aéreo, los problemas fueron en aumento hasta niveles inaceptables. Casos como el de Ryanair, que se negaba sistemáticamente a compensar a los clientes por anulaciones de vuelos o grandes retrasos, propiciaron que la Unión Europea tomara cartas en el asunto.
Desde hace un par de años rigen unas nuevas reglas de juego de cumplimento obligatorio por parte de todas las aerolÃneas, sean de bandera, low-cost o charter y que operen en la Unión Europea. Aquà van algunos puntos que es interesante saber:
Si existe overbooking, la compañÃa aérea debe primero pedir voluntarios para quedarse en tierra, a cambio de una remuneración. En caso de que no se pudiera subsanar por esta vÃa, el cliente afectado tiene derecho, además de la opción de devolución del importe o transporte alternativo, una compensación que va entre los 250€ (vuelos inferiores a 1.500km) a 600€ (vuelos intercontinentales). Asimismo deberá proveerse de alojamiento y comida gratuita (caso de precisarse), asà como la posibilidad de realizar una llamada gratis.
En caso de anulación de vuelos, opera la misma mecánica que anteriormente, salvo que la anulación haya sido comunicada de antemano (cuidado porque algunas compañÃas lo realizan envinado un correo electrónico, especialmente si se ha hecho la reserva de forma electrónica).
En el caso de grandes retrasos (2 horas en vuelos de corto radio, 3 en los de media distancia y 4 en los intercontinentales), la comñÃa está obligada a facilitar comida y bebida suficientes, alojamiento y una llamada gratuita. En el caso de que el retraso supere las 5 horas, deberá ofrecerse la opción de reembolso del billete.
En caso de pérdidas de equipajes, existe derecho a reclamar hasta 1.200 euros. La reclamación debe hacerse en los 7 dÃas posteriores a la entrega (deterioro) y en los 21 posteriores a la entrega (retraso).
Estos son los mÃnimos que cualquier compañÃa debe satisfacer, y no eximen reclamaciones si los daños y perjuicios sufridos son mayores. Si no es asÃ, lo mejor que puede hacerse es reclamar. En los últimos tiempos diversos bufetes jurÃdicos como retrasos.es se han especializado en atender casos de pasajeros a los que se les han conculado sus derechos o a los que las ofertas de compensación han sido insuficientes para compensar los perjuicios ocasionados.
Un último comentario: la denegación de embarque está justificada si la presencia en el mostrador de facturación (o en las máquinas de check-in) no se produce en el periodo que fija la compañÃa y que deberÃa estar a disposición del público. En el caso de mostradores, si se le deniega el embarque por haberse presentado tarde y ello es consecuencia de las colas que se forman, reclame, puesto que la compañÃa no puede acreditar(en la inmensa mayorÃa de casos) que no estaba en la cola en el momento de cierre de facturación.
Felicidades por el post. Demasiadas veces los pasajeros no conocen sus derechos, y es muy difícil encontrarlos recopilados y ordenados, especialmente cuando siempre se nos ocurre empezar a buscar por la web del infractor: la compañía aérea.
Soy italo-argentina y ten